LA LLAMADA DIDAJÉ O DOCTRINA DE LOS DOCE APÓSTOLES (III)
2.3. NORMAS DE NATURALEZA RITUAL O LITÚRGICA
A la vista de la amplitud en su regulación, podemos afirmar que son el núcleo principal de la obra junto con las morales. El autor regula cinco institutos: el bautismo (capítulo 7.º), el ayuno y la oración (capítulo 8.º), la eucaristía (capítulos 9.º, 10.º y 14.º) y la confesión (4,14 y 14,1), estableciendo sus ritos.
Esta regulación adquiere gran importancia porque nos detalla pormenorizadamente cómo eran en aquel tiempo tales institutos y la gran diferencia existente en la actualidad con algunos de ellos. Pasemos al comentario de cada uno de ellos.
2.3.1. EL BAUTISMO
Lo primero que sorprende al hombre actual es la gran diferencia existente en el bautismo en cuanto a su forma se refiere: en la época protocristiana se realizaba por inmersión, mientras que en la actualidad se lleva a cabo por infusión. Se establece como regla general la inmersión en agua viva; solo excepcionalmente se utiliza la infusión (7,1). Estas excepciones y su orden de prelación son:
a) Ante la carencia de agua viva, se utilizará cualquiera otra, con preferencia la fría con respecto a la tibia (7,2).
b) Si no hay ni una ni otra, se echará agua tres veces sobre la cabeza —bautismo por infusión— (7,3).
En cualquier caso, el sujeto y el ministro deben ayunar previamente. Aquel lo hará durante uno o dos días antes; para este no se prescribe término (7,4).
El bautismo de Jesús. Baptisterio de Teodorico. Catedral de Rávena (Italia)
2.3.2. EL AYUNO
No se prodiga el autor en la regulación de este instituto. Baste decir que únicamente le dedica un apartado compuesto de dos líneas (8,1) y en la obra aparece esta palabra solo una vez; aunque de modo indirecto, como ya se ha dicho en el párrafo anterior, se prescribe la obligación de practicar el ayuno antes de la recepción del bautismo, tanto para el sujeto del mismo, cuanto para el ministro.
Se establece que el ayuno no se debe hacer al uso de los hipócritas (define tal concepto, de un modo harto sorprendente para nuestra mentalidad, como aquel que se hace en los días 2.º y 5.º de la semana), sino que se debe practicar los días 4.º y 6.º de la semana. Sería digno de investigación el porqué de esta curiosa “malignidad” achacada a los días 2.º y 5.º y la “benignidad” de los 4.º y 6.º del cómputo semanal.
2.3.3. LA ORACIÓN
No dedica el autor más allá de dos apartados, el 2.º y el 3.º del capítulo 8.º, para una institución tan importante en toda religión como es la oración. Entiendo justificada tal posición por cuanto aquella es de orden interno o moral, es decir, que no se requiere ningún acto o serie de actos en particular para su práctica. Empero, sí nos dice cómo no hay que hacerla: como la hacen los hipócritas (8,2 ab initio), aunque, al contrario que en el ayuno, no nos define en qué consiste este uso. Y también nos indica cómo se debe practicar: Como el Señor lo ha ordenado en su Evangelio, es decir, recitando mental u oralmente la oración dominical o padrenuestro que, por cierto, termina con la adición porque tuyo es el poder y la gloria por todos los siglos (8,2). Y acaba su regulación diciendo su autor que se ha de rezar tres veces al día (8,3).
2.3.4. LA EUCARISTÍA
Si parcas han sido las regulaciones de los institutos comentados, no podemos afirmar lo mismo del que nos ocupa. Dos capítulos completos, el 9.º y el 10.º y parte del 14.º (sus apartados 2 y 3), le dedica el autor y ello porque estamos en presencia del acto más importante para el cristiano: la eucaristía que, entendida en su prístino significado, consiste en la acción de dar gracias a Dios (del griego εύχαριστία = acción de gracias), pero no de una forma cualquiera sino en la más importante para el cristiano: en comunidad o iglesia (έκκλησία = asamblea).
Comienza la regulación normativa diciendo la forma en que hay que dar gracias (9,1), explicándola pormenorizadamente (9,2-5) y después de haber dado gracias a Dios por haber recibido la vid, el pan, la vida y los conocimientos recibidos a través de Jesús, se sacian de tales alimentos (aclarando que solamente le está permitido tal hecho a los bautizados) y prosigue dándole gracias por la fe, la salvación y vida eterna, para terminar el capítulo 10.º con una sorprendente afirmación: A los profetas dejadles dar gracias cuanto quieran.
En los apartados 2 y 3 del capítulo 14.º se regula, de un lado, el estado anímico en que deben acudir los fieles a la asamblea: Todo el que tenga disensión con su compañero, que no se junte con vosotros hasta que no se hayan reconciliado para que no sea profanado vuestro sacrificio (14,2) y, de otro, una referencia al mandato de que trae causa: Este es el sacrificio del que dijo el Señor: “En todo lugar y tiempo se me ofrece un sacrificio puro porque Yo soy el gran Rey”, dice el Señor, “y mi nombre es admirable entre las naciones.”
2.3.5. LA CONFESIÓN
Al último de los institutos litúrgicos regulados le dedica el redactor de la obra dos apartados diseminados en ella: el 4,14 y el 14,1.
En el primero de los citados, relatando el susodicho camino de la vida, se establece el lugar de la confesión: En la iglesia confesarás tus pecados, mientras que en el segundo se prescribe el momento de su práctica: En el día del Señor, reuníos y romped el pan y haced la eucaristía, después de haber confesado vuestros pecados, es decir, reunida la asamblea, antes de romper el pan.
Y con ello pasamos al análisis de las últimas normas que en la clasificación se hizo.
2.4. NORMAS DE NATURALEZA DISCIPLINARIA DE LA COMUNIDAD CRISTIANA
Son preceptos de muy diversa índole: unos regulan las relaciones de la comunidad con los profetas (capítulos 11.º al 13.º), otros la sucesión apostólica (capítulo 15.º) y termina la obra con unas enseñanzas escatológicas.
2.4.1. SOBRE LOS PROFETAS
En los capítulos 11.º a 13.º se contienen unas instrucciones acerca de los profetas. Pero, a poco que leamos detenidamente tales capítulos nos surge una cuestión: ¿quiénes son los profetas? La respuesta no es fácil ya que incluso el autor, aunque en su fuero interno tenga claro el concepto, sus palabras no así lo acreditan. Veamos:
a) De un lado distingue entre profetas y apóstoles cuando dice: Concerniente a los apóstoles y profetas, actúa de acuerdo a la doctrina del Evangelio (11,3).
b) De otro lado, los identifica: Cuando el apóstol se vaya no tome nada consigo si no es pan hasta su nuevo alojamiento. Si pide dinero, es un falso profeta (11,6).
c) Sin embargo, sí nos deja claro que los profetas no son maestros, ya que los distingue perfectamente: Todo auténtico profeta […] es digno de su sustento (13,1). Igualmente, todo auténtico maestro merece también, como el trabajador, su sustento (13,2). Más adelante vuelve a distinguirlos: Elegíos obispos y diáconos dignos del Señor, […] porque también ellos os sirven en el ministerio de los profetas y maestros (15,1).
d) Por último, también hace distinción entre profetas y sumos sacerdotes: Por tanto, tomarás siempre las primicias de los frutos del lagar y de la era, de los bueyes y de las ovejas, y las darás como primicias a los profetas, pues ellos son como vuestros sumos sacerdotes (13,3).
Icono del profeta Amós. Iconostasio del monasterio de Kizhi (Rusia)
Como vemos, la cuestión más arriba planteada no tiene fácil solución. Por exclusión, sabemos con seguridad que no son ni sumos sacerdotes, ni maestros, ni obispos, ni diáconos. Según mi parecer, aquellas personas que se dedicaban a predicar o expandir la doctrina de Jesús, podríamos clasificarlas en dos grupos por causa de su ubicación, es a saber:
a) Aquellos que, de ordinario, desarrollaban su labor en un determinado espacio geográfico, fuera del cual no tenían jurisdicción. Son: los obispos, los sumos sacerdotes y los diáconos.
b) Aquellos otros que ejercían su ministerio more girovago, es decir, deambulando; tales son: los apóstoles, los profetas y los maestros. Aunque, como se ha dejado dicho más arriba, existen dudas sobre la diferencia o identidad entre apóstoles y profetas. No obstante, me he atrevido a distinguirlos.
Por tanto, se podría afirmar que los profetas eran aquellas personas dedicadas a predicar la doctrina de Jesús por diferentes lugares, sin quedarse en ninguno de ellos de forma estable.
Pues bien, después de esta aproximación al concepto de profetas, analicemos qué dice de ellos el autor. En los capítulos 11.º y 12.º aconseja sobre la forma de tratarlos y así, exhorta a que se reciban quienesquiera que fueren (11,1) conforme a la doctrina del Evangelio (11,3). Incluso manifiesta el tiempo que deben quedar en la comunidad: uno o dos días como máximo, puesto que si lo hacen tres días o más son falsos profetas (11,5), aunque se admite una excepción a esta regla: si quieren quedarse permanentemente, teniendo un oficio, que trabajen para su sustento (12,3), ya que no debe existir ningún cristiano ocioso (12,4). Nos indica que debemos entregarles, a su marcha, pan para su sustento hasta su próximo alojamiento, pero si pidieren dinero serían unos faltos profetas (11,6 y 11,12).
Y en el capítulo 13.º el autor establece cuál es el sustento de los profetas: Las primicias de los frutos del lagar, de la era, de los bueyes, de las ovejas (13,3), del aceite (13,6), del dinero, vestido y todas tus posesiones (13,7); en la sabiduría de que, si no hay profetas, tales primicias se darán a los pobres (13,4).
CONTINUARÁ
Ldo. Pedro López Martínez